CAPÍTULO 5: ARMAMENTO
La administración de La Nación Madrid se reserva el derecho de cambiar las normas sin previo aviso
Existen gran variedad de armas usadas por el LAPD, todas con un reglamento y uso estricto. El armamento pesado tiene unas reglas muy estrictas en cuanto a su uso.
No se deberá portar en pecho, espalda o mano.
Deberá de ser usada solo en casos muy necesarios como puede ser un tiroteo.
Deberá de estar en el maletero de cada unidad.
Agentes con un rango menor no podrán usar cierto armamento. Solo agentes con un rango alto
En cuanto al armamento en general, está totalmente prohibida su venta o distribución ya que esto frente a las leyes del país se considera totalmente ilegal y puede llevar a extradición a otro país.
A continuación se enlista el armamento del departamento y los rangos que podrán portarla:
RANGO
ARMAMENTO ASIGNADO
CAPITÁN
Pistola de Combate, Táser, Porra y Carabina
TENIENTE
Pistola de Combate, Taser, Porra y Carabina
SARGENTO
Pistola de Combate, Taser, Porra y Escopeta
DETECTIVE (III,II,I)
Pistola de Combate, Taser, Porra y Escopeta
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